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DECRETO 105/2006, de 18 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 285/2003, de 18 de noviembre, por el que se crea la Comisión de Contratación Centralizada y se regula la contratación centralizada de suministros y servicios.

Publicado el 26/04/2006 (Nº 47)
Sección: BOA I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

DECRETO 105/2006, de 18 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 285/2003, de 18 de noviembre, por el que se crea la Comisión de Contratación Centralizada y se regula la contratación centralizada de suministros y servicios.

Mediante Decreto 285/2003, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se creó la Comisión de Contratación Centralizada regulándose simultáneamente la contratación centralizada de suministros y servicios en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En el anexo de dicho Decreto se relacionan los Suministros y Servicios declarados de uniformidad necesaria para el conjunto de la administración autonómica, entre los que se incluye la contratación de los servicios de seguridad.

La experiencia adquirida como consecuencia de la homologación de los servicios de seguridad mediante la licitación de un Acuerdo-Marco, en sintonía con las competencias que corresponden a la Dirección General de Interior en materia de organización y gestión de estos servicios de acuerdo con lo previsto en el Decreto 181/1999, de 28 de septiembre, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, unido a la aprobación por el Gobierno de Aragón de los Decretos 81/2006, de 4 de abril, por el que se crea la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón y 82/2006, de 4 de marzo, por el que se crean el Registro Público de Contratos y el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón, aconseja efectuar una adaptación del Decreto 285/2003, de 18 de noviembre, en cuanto afecta a la distribución de competencias en materia de contratación centralizada de suministros y servicios en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 18 de abril de dos mil seis,

DISPONGO

Artículo único.-Modificación del Decreto 285/2003, de 18 de noviembre.

Los artículos 10 y 11, respectivamente, del Decreto 285/2003, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión de Contratación Centralizada y se regula la contratación centralizada de suministros y servicios, quedan redactados en los siguientes términos:

«Artículo 10.-Competencias de la Dirección General de Organización, Inspección y Servicios.

1, Corresponde a la Dirección General de Organización, Inspección y Servicios respecto de suministros de adquisición centralizada:

a) La elaboración de los Pliegos de Prescripciones Técnicas que han de regir en la contratación.

b) El seguimiento de la ejecución de los diferentes contratos y, a través del Almacén Central o, en su caso, de los Almacenes Reguladores, recibir de las empresas suministradoras los bienes.

c) Atender las peticiones cursadas por las unidades administrativas y gestionar la imputación de los gastos a los respectivos Departamentos.

2. Asimismo, respecto de los bienes, suministros y servicios homologados en su ámbito competencial, le corresponde:

a) La configuración, mantenimiento y actualización del Catálogo de Bienes y Servicios Homologados y la explotación del Sistema de Gestión Electrónica de Adquisiciones.

b) La elaboración de los Pliegos de Prescripciones Técnicas.

c) El seguimiento de la ejecución de los diferentes contratos de adquisición.

d) Informar a la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales sobre las incidencias que se detecten en la ejecución de los contratos y especialmente sobre la modificación o sustitución de los bienes y servicios homologados.

e) Autorizar con carácter previo y de acuerdo con los procedimientos que se determinen, las adquisiciones que se proponga realizar los diferentes Departamentos y Organismos Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

3. Cuando se trate de contratos en materia de Servicios de Seguridad, las funciones enumeradas en el número precedente serán ejercidas por la Dirección General de Interior.

«Artículo 11.-Competencias de la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia y relaciones Institucionales.

Corresponde a la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales:

a) Tramitar los expedientes de contratación de servicios y suministros de adquisición centralizada y la homologación de servicios y suministros declarados de uniformidad necesaria para el conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Públicos.

b) Tramitar los reajustes de garantías, las revisiones de precios aplicables y las modificaciones o sustituciones de bienes y servicios homologados.

c) Las relaciones con la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón, en cuanto afecten a las competencias del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.

d) Las relaciones con el Registro Público de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

e) Preparar la documentación para el Registro Público de Contratos, tanto respecto de los contratos de determinación de tipo, como de las adquisiciones singulares derivadas de los mismos.»

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Facultades de Desarrollo

Se faculta al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Segunda.-Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Dado en Zaragoza a 18 de abril de dos mil seis.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA